ENCICLOPEDIA de BIODERECHO y BIOÉTICA

Carlos María Romeo Casabona (Director)

Cátedra de Derecho y Genoma Humano

derecho comunitario

Autor:

Véase: Unión Europea.


unión europea (Jurídico)

Autor: OCTAVIQUINTANA TRÍAS

La Comisión promueve los valores fundamentales y la protección de los derechos humanos en varios sectores de la política de la UE, desde la biotecnología a la seguridad de las TIC a las patentes, de las nuevas tecnologías a los programas de investigación de la UE, respetando plenamente las competencias de la UE establecidas en el Tratado, así como el papel institucional del Parlamento Europeo y del Consejo. Varios documentos e iniciativas políticas promovidas por la Comisión ilustran este esfuerzo que pretende, entre otras cosas, fomentar los valores establecidos en la Carta Europea de Derechos Fundamentales en las políticas de la UE. La Carta Europea de valores fundamentales muestra que, mientras Europa sea multicultural, existirá un humus de valores, una plataforma de valor que está íntimamente ligada a la identidad de la UE. Este humus puede ayudar no sólo al florecimiento de una identidad europea, sino también de una forma europea de implementar políticas (desde la investigación a la seguridad, desde la salud pública al medio ambiente) basada en el respeto de los derechos humanos, la Ética, el pluralismo y los procesos participativos, que propicie la aceptación pública y los procesos democráticos. Sin embargo, este mecanismo implica un debate abierto, el respeto mutuo y la tolerancia; tres ejes sobre los que la UE está centrando sus esfuerzos, acciones e iniciativas. La asimilación del respeto de los derechos humanos, la tolerancia y la Ética, se convierte en un componente integral de la gobernanza en la UE, en particular, en lo que respecta a la investigación, la política de inmigración, la seguridad, la salud pública, la ayuda humanitaria, y así sucesivamente, tanto en el marco de investigación de la UE como en la dimensión más amplia de la política europea e incluso más allá.

I. Percepción pública de los valores fundamentales.— La importancia de los valores europeos ante los ojos de los ciudadanos de la UE fue objeto de control en una reciente encuesta de percepción pública (Eurobarómetro estándar de primavera 693), publicada en julio de 2008, que hace una serie de preguntas relativas a valores. Este Eurobarómetro estándar se llevó a cabo entre el 25 de marzo y 4 de mayo de 2008 en 31 países o territorios: los 27 Estados miembros de la Unión Europea, los tres países candidatos (Croacia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Turquía) y la comunidad turcochipriota. El 54 por ciento de los encuestados pensaba que, en términos de valores compartidos, los Estados miembros de la UE están muy cerca unos de otros (esta cifra es de 6 puntos porcentuales más que en 2006), mientras que el 41 por ciento de los encuestados creían que, en términos de valores compartidos, los estados miembros de la UE se hallan distantes unos de otros. Los encuestados que consideraban a la Unión Europea como una unidad en términos de valores compartidos eran eslovacos (71%), chipriotas (68%) y checos (68%). Menos de la mitad de los austríacos (39%), letones (42%), británicos (45%), franceses (48%) y finlandeses (49%) encuestados se hallaba de acuerdo con la afirmación de que, en términos de valores compartidos, los Estados miembros de la UE están muy cerca unos de otros.
El objetivo era explorar si existe una base común de valores compartidos en toda la Unión Europea y, en caso afirmativo, identificarlos. La encuesta del Eurobarómetro mostró que, ante la pregunta de qué valores eran los más importantes para ellos personalmente, los europeos colocaron la paz (45%), los derechos humanos (42%) y el respeto de la vida humana (41%) en primer lugar. Estos tres fueron seguidos por la democracia (27%), el Estado de derecho (21%), las libertades personales (21%), la igualdad (19%) y la tolerancia (16%). Cuando se le preguntó cuáles de los valores representan mejor a la Unión Europea, los encuestados optaron por los derechos humanos (37%), la paz (35%) y la democracia (34%). Para los europeos y para la UE, los derechos humanos y la paz son los principales valores europeos. El 49% de los belgas, el 46% de los daneses, el 45% de franceses y eslovacos y el 44% de los rumanos, chipriotas y lituanos encontraron que los derechos humanos son el valor que representa mejor a la Unión Europea. El 51% de los alemanes, el 50% de los suecos, el 44% de los luxemburgueses y belgas situaron a la paz como el valor que mejor representa a la Unión Europea.
El 49% de los daneses y de los eslovacos y el 48% de los chipriotas asociaron la democracia con Europa. En lo que respecta a los países candidatos, el 39% de los ciudadanos de la ex República Yugoslava de Macedonia declaró que los derechos humanos son el valor que mejor representa a la Unión Europea, el mejor de los casos, mientras que el 36% optó por la democracia y también el 36% optó por la paz. El 43% de los turcos eligieron los derechos humanos, el 34% el respeto por la vida humana y un 26% la democracia. El 41% de los croatas mencionaron el estado de derecho en primer lugar, mientras que el 35% de ellos eligieron la democracia y el 32% optó por la paz. Dejando de lado la cuestión conexa de la importancia de valores específicos en diferentes regiones de la UE y el vínculo entre los valores occidentales y los de la UE, estos datos muestran que la idea de Europa como una comunidad de valores no es «sólo» un diseño de la política de la UE sino también una concepción compartida por el público en general en Europa. Las preguntas ahora son: «¿Cómo puede este enfoque de la política de la UE orientado a los valores incorporarse en sectores específicos de la ciencia y la tecnología? » y «¿Se trata de un instrumento práctico para una mejor regulación de diversos sectores en las políticas de la UE?».

II. Los valores fundamentales y el diseño de la política de la UE.—A raíz de la crisis política que siguió a referendos sobre el futuro de la Unión en Francia y los Países Bajos, los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea aprobaron la Declaración de Berlín en mayo de 2007, con ocasión del cincuenta aniversario del Tratado de Roma. La declaración afirma que «los países de la UE se esfuerzan por la paz y la libertad, la democracia y el imperio de la ley, por el respeto mutuo y responsabilidad compartida, por la prosperidad y la seguridad, por la tolerancia y la participación, la justicia y la solidaridad». La paz, la libertad, la democracia, la tolerancia, la responsabilidad, la justicia, son todos valores sobre los que Europa construye sus políticas. El hito para revitalizar la integración de la UE se basa por tanto en valores en lugar de en otras consideraciones políticas.
El 12 de diciembre de 2007, la Carta Europea de Derechos Fundamentales fue proclamada por los Presidentes de la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo. La Carta Europea establece un conjunto de valores europeos, tales como la dignidad humana, la libertad, la democracia, la protección de los derechos humanos, el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad de género. Este acuerdo político fundamental ha añadido importancia a estos valores fundamentales en el diseño de la política de la UE.
El 13 de diciembre, el Tratado de Reforma de la Unión Europea fue firmado por los Jefes de Estado de los 27 Estados miembros de la UE en Lisboa. El Tratado de Reforma, entre otras cosas, atribuye un papel jurídicamente vinculante a la mencionada Carta Europea de los derechos fundamentales. El proceso de ratificación del Tratado está en marcha, pero el trabajo de la Comisión Europea en los ámbitos de la Ética y la Bioética se ha iniciado desde hace mucho tiempo.

III. Actividades de la comisión en el ámbito de la bioética.—Vamos a empezar por considerar lo que está haciendo la Comisión en el ámbito de la Bioética. La importancia de la Bioética en relación con las políticas comunitarias es especialmente marcada; algunos ejemplos de políticas relevantes en este sentido incluyen el Plan de Acción sobre Ciencia y Sociedad (COM (2001) 714), el Plan de Acción sobre Ciencias de la Vida y Tecnología (COM (2007) 175), el Plan de Acción sobre Nanotecnologías (COM (2007) 505 final), etc. Los problemas de la Bioética en el ámbito legislativo cubren un gran número de diferentes áreas políticas: desde los ensayos clínicos (Directiva 2001/20/CE) a las patentes (Directiva 94/48); desde la protección de datos (Directiva 95/46) a la investigación (FP) y medicamentos para uso humano (Directiva 2001/83/CE y otros, por ejemplo, 2003/63/CE), desde los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos (Directiva 86/609/EC) hasta el bienestar animal (Protocolo al Tratado de Amsterdam), etc. La lista de la normativa comunitaria relevante para la Bioética es larga y también incluye las aplicaciones de la Biotecnología, las Tecnologías de la información y de varias áreas de las Ciencias biomédicas. Por ejemplo, en febrero de 2008 la Comisión adoptó una conducta responsable para las nanociencias y para la investigación en nanotecnología con el fin de garantizar la contribución activa de la comunidad investigadora en lo que atañe a la identificación y seguimiento de sus posibles riesgos y el respeto a los derechos fundamentales.

IV. Estructurando el debate paneuropeo sobre la bioética.—Con el fin de dotarse de conocimientos sobre Bioética, la Comisión creó en 1991 el Grupo Europeo de Ética de la Ciencia y las Nuevas Tecnologías (GEE), un grupo consultivo independiente, con el mandato de asesorar a la Comisión sobre las cuestiones éticas relativas a las ciencias y las nuevas tecnologías, a petición de la Comisión o por propia iniciativa. El Grupo está integrado por 14 miembros, elegidos por el Presidente a raíz de una convocatoria abierta para los solicitantes (2005/383/CE).
Bajo los auspicios de cada Presidencia del Consejo, el GEE se encuentra con el Presidency National Ethics Committee (NEC) y celebra reuniones conjuntas con el Foro NEC (véase más adelante). El GEE cuestiones sus dictámenes después de una serie de reuniones, audiencias con expertos externos, y mesas redondas públicas con las partes interesadas pertinentes. Las opiniones del GEE no tienen valor normativo. A raíz de las peticiones del Presidente Barroso, en 2006-2007, el GEE emitió dictámenes sobre (1) la Ética y la Nanomedicina, (2) La revisión ética de los proyectos del 7PM sobre células madre de embriones humanos, (3) la ética de la clonación animal para la alimentación y está trabajando actualmente en un dictamen sobre la ética de la evolución de las modernas tecnologías agrícolas (que finalizó en diciembre de 2008). Asimismo, el 10 de octubre de 2006 se estableció una plataforma de servicios sobre la Ética y las políticas de la UE. La plataforma sirve para racionalizar y coordinar las actividades de la Comisión en los ámbitos de la Bioética y la Ética de la Ciencia y las nuevas tecnologías. La plataforma, hasta la fecha, se ha reunido en cinco ocasiones (15 servicios de la Comisión representados) y ha examinado una serie de iniciativas de la Comisión, tales como: la clonación animal para alimentación (DG SANCO), los dispositivos de identificación por Radio Frecuencia (DG INFSO); la Integridad Científica (DG IDT); Dictamen del GEE sobre la ética de la Nanomedicina (OAPE); las tecnologías potenciadoras de la intimidad (DG JLS); datos de perfiles y concordantes de Datos de Carácter Personal (DG INFSO), Unión Europea — África Asociación Estratégica (DG DEV), Ética, Investigación y Globalización (DG IDT); Dictamen del GEE sobre la revisión ética de los proyectos del 7PM con células embrionarias humanas (OAPE), el reglamento de terapias avanzadas (DG ENTR), la directiva sobre tejidos y células (DG SANCO), la biometría y la protección de datos (DG JLS), el código de conducta sobre la nanotecnología (DG I + DT), etc.

V. La financiación de la investigación.—Desde el 4.º Programa Marco de la UE para la investigación acogió un programa de investigación sobre Bioética (ELSA-Programa 4.º PM—; programa de Bioética en la Calidad de Vida-5PM-Ética de la Ciencia en el programa Ciencia y Sociedad- 6PM), la Comisión ha financiado la investigación interdisciplinaria paneuropea en Ética de la Ciencia y Bioética. En el 7PM este esfuerzo de investigación, que incluye la participación de los países en desarrollo, se ha visto reforzada por el apoyo financiero de los programas de investigación que versan sobre la Ética, la gobernanza, los derechos humanos y la democracia que se inscriben en los programas de investigación en Ciencia, Economía y Sociedad. La investigación DG, con la ayuda de expertos externos independientes, también lleva a cabo una revisión ética de toda la rama de la investigación a fin de verificar que los proyectos de investigación financiados por la Comisión que involucren cuestiones de gran importancia en la Bioética sean éticamente correctos (por ejemplo, el uso de material biológico humano, la participación de personas vulnerables en las actividades de investigación-los niños, los ancianos etc, el uso de primates no humanos, etc.).
4.1. Redes.—La Comisión financia debates paneuropeo sobre la Bioética y la creación de redes entre organismos bioéticos relevantes. Algunos ejemplos de actividades de creación de redes promovidos y financiados por parte de la Comisión son: a) El Foro de Consejos Nacionales de Ética (CNE Forum), establecido en 2003 por la DG de Investigación y el Consejo Nacional de la agrupación de los comités de ética de los 27 Estados miembros. Ahora involucra a todos los 27 Estados miembros. Se compone de los presidentes y los secretarios de los consejos nacionales de ética y se reúne dos veces al año para discutir la evolución en dicho campo y para el intercambio de las buenas prácticas; b) La Red Europea de Comités de Ética de la Investigación (EUREC), que consta de casi todas las asociaciones nacionales de los comités de ética de la investigación en Europa, que también está gestionado por la DG RTD.
Ejemplos claro de la promoción de los debates son las consultas públicas (por ejemplo, en 2007, la Comisión lanzó una consulta pública sobre nanociencias e investigación en nanotecnología responsable, y una consulta pública sobre la ética de la clonación animal para el suministro de alimentos) y conferencias sobre cuestiones de gran importancia para la Bioética (por ejemplo, la integridad científica, la genética humana, la globalización y la investigación, la biometría, la experimentación con animales, etc.).

V. Actividades externas.—La Comisión participa en una serie de foros internacionales que se ocupan de las cuestiones Bioéticas, en nombre de la Comunidad Europea. En particular, en el Consejo de Europa está invitada a tomar parte en la redacción de los documentos internacionales (por ejemplo, la Convención sobre los Derechos Humanos y Biomedicina del Consejo de Europa, o las declaraciones de la UNESCO, o las directrices de la OCDE, etc.) El 27 y 28 de noviembre de 2007, la Comisión acogió la 7.ª reunión del Comité Interinstitucional de las Naciones Unidas sobre Bioética.
Además de esto, la Comisión ha decidido reforzar las actividades sobre Bioética con terceros países. Por ejemplo, en febrero de 2009 se creó una plataforma internacional sobre la ética que agrupará los Comités Nacionales de Ética u órganos similres que se ocupan de la Bioética. Los países que se consideran parte de esta iniciativa son: EE.UU, Canadá, China, Brasil, India, Japón, Australia, Sudáfrica, Corea y algunas asociaciones regionales de Bioética que agrupan órganos relevantes en África, América del Sur, Asia etc.
Se intenta que la plataforma se destine a favorecer la discusión y el debate sobre la Ética (en sus aspectos éticos, jurídicos y sociales) de varias políticas internacionales, así como a implementar la posición de la Comisión de la UE en la promoción de la paz, los derechos humanos y la democracia en todo el mundo.

VI. Colocando los valores fundamentales y sociales en el diseño de la política de la UE: (1) la investigación financiada por la UE y de (2) la clonación de animales para el suministro de alimentos.— En los párrafos anteriores se pretendía proporcionar un panorama de la estrategia política con la que se ha encarado la Bioética y la Ética de la Ciencia en las actividades de la UE. Ahora vamos a examinar algunos ejemplos prácticos para ver cómo se está promoviendo este importante esfuerzo.

VII. Introduciendo la Ética en el programa de investigación de la UE.—En enero, a raíz de una decisión adoptada durante la Presidencia británica en Cumbre de Hampton Court, un Grupo de Expertos Independientes sobre I + D e Innovación elaboró un informe sobre cómo integrar plenamente la investigación en el plan estratégico de la UE sobre crecimiento y desarrollo económico. El Grupo, presidido por el ex Primer Ministro de Finlandia, el Sr. Aho, elaboró un análisis claro y completo de los pasos fundamentales a desarrollar para situar la investigación en el centro de desarrollo económico; desde la inversión del 3% del PIB en investigación y desarrollo hasta la creación de mercados que fomenten la innovación, desde la movilidad financiera y el capital riesgo a la movilidad en las organizaciones y el conocimiento. La importancia de este informe para el debate sobre la Ética en la UE no sólo se relaciona con el hecho de que el informe indique que el refuerzo de los valores europeos es esencial para una eficaz política de crecimiento de la UE, sino a que señale que estos valores también necesitan del crecimiento económico, en algunos casos, para estar al alcance de nuestras sociedades. La igualdad, la salud, la cohesión social y la seguridad común, son, por lo tanto, elementos que se considera que facilitan la innovación a pesar de que no son suficientes por sí mismos para garantizar la sostenibilidad. «La igualdad, la solidaridad, la justicia» son todos elementos que pertenecen al conjunto de valores contenidos en la Carta Europea de los Derechos Fundamentales, y que contribuyen a la idea de Europa como una comunidad de valores; y, además, esta posición no sólo remarca la identidad de la UE con respecto a sus Estados miembros, sino también las posiciones adoptadas por la UE en relación con el resto del mundo.
La clave de la estrategia indicada por el Informe, y aprobada en el actual programa de I + D de la UE es, por tanto, que la investigación tiene que propiciar el bien social y, en consecuencia, respetar las expectativas y los temores sociales. El enfoque orientado hacia la sociedad de la política de I + D de la UE, por lo tanto, debe vincularse a los valores fundamentales y promover la integración de la Ética en la investigación financiada por la UE. Esta estrategia estaba implícita en el I programa de I + D de la EU, aprobado por el Consejo y el Parlamento Europeo, donde en su art. 6, se dice que «Todas las actividades de investigación realizadas en el marco del Séptimo Programa Marco se llevarán a cabo respetando los principios éticos fundamentales». (Séptimo Programa Marco (Decisión N.° 1982/2006/EC), Artículo 6 (1§). La principal dificultad para la inclusión de la Ética en la FP de la UE tenía que ver con el marco a adoptar en lo que se refería a la investigación con células madre de embriones humanos. El 24 de julio de 2006, el Consejo de Competitividad alcanzó un acuerdo sobre el séptimo Programa Marco de investigación aprobado por el Parlamento Europeo el 15 de junio de 2006. Como en el caso del anterior programa marco de investigación (6PM), la discusión inter-institucional se centró principalmente en la ética de la investigación con células embrionarias humanas. El debate fue apasionado, debido a la posición de varios Estados miembros contra la propuesta de la CE para permitir la financiación de la investigación con dichas células en el nuevo programa de investigación de la UE (7PM). El Consejo alcanzó un acuerdo de compromiso en apoyo a la propuesta de la Comisión, lo que abogó por la continuidad con el anterior Programa Marco de Investigación (6PM) y la elegibilidad de la investigación sobre células madre embrionarias con fondos de la UE en virtud ciertas restricciones específicas. En cuanto a lo que concernía a las normas éticas para investigación con células madre embrionarias dentro del 7PM, el procedimiento acordado requería que:
— Las actividades de investigación financiadas en el 7PM tenían que cumplir los valores fundamentales de la UE.
— Durante la evaluación científica, los expertos independientes evaluarían la necesidad de utilizar células madre embrionarias para el logro de los objetivos científicos establecidos en la propuesta. — La Comisión organizaría una revisión ética con expertos independientes sobre la base del estudio de cada caso.
— Se requeriría un dictamen positivo de un Comité Regulador integrado por representantes de los Estados miembros.
— Los participantes en los proyectos de investigación tendrían que lograr la aprobación de los comités éticos nacionales o locales antes del inicio de las actividades de investigación.
Todas estas condiciones eran acumulativas. En conclusión, cada propuesta de investigación con células madre del 7PM será evaluada por dos revisiones éticas independientes: una a nivel nacional (en el país (s) donde la investigación se llevará a cabo) y otra a nivel de la UE. Además, el texto adoptado por el 7PM indicaba que, por razones éticas, los siguientes sectores de la investigación serían excluidos de la financiación comunitaria: (1) Las actividades de investigación dirigidas a la clonación humana con fines reproductivos; (2) Las actividades de investigación destinadas a modificar el patrimonio genético de los seres humanos que podrían hacer que tales modificaciones fuesen hereditarias; (3) Las actividades de investigación destinadas a crear embriones humanos únicamente con fines de investigación o con fines de crear células madre, incluido el método de la transferencia nuclear de células somáticas. Paralelamente, en el 7PM, la investigación que implique la destrucción de embriones será excluidas del presupuesto comunitario.

VIII. Clonación de animales para el suministro de alimentos.—Un ejemplo reciente de cómo los valores fundamentales y la Ética han tenido especial relevancia en el diseño de las políticas de la UE es el actual debate interinstitucional sobre la clonación animal con fines alimentarios. En febrero de 2007, después de que la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE.UU (FDA) anunciara la posible autorización para la comercialización de productos alimenticios derivados de la clonación de ganado vacuno, cerdos y cabras, el Presidente Barroso pidió al Grupo Europeo de Ética de la Ciencia y las Nuevas Tecnologías (GEE) un proyecto de dictamen sobre las implicaciones éticas de la clonación de animales para alimentación. Paralelamente, la Comisión pidió a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (AESA) que le proporcionara un dictamen científico sobre la inocuidad de los alimentos, la salud y el bienestar animal y el impacto ambiental de los animales procedentes de la clonación y sus descendientes.
Después de varios meses de audiencias de expertos, tras una consulta pública realizada en el sitio web de Europa (800 contribuciones recibidas), una consulta con los Consejos Nacionales de Ética del Foro de la UE-27, y una mesa redonda con las partes interesadas del mundo académico, la industria, las organizaciones no gubernamentales, la sociedad civil, las organizaciones internacionales y la industria, el 23 de enero de 2008, el GEE emitió su dictamen sobre los aspectos éticos de la clonación animal para el suministro de alimentos al Presidente Barroso. En su dictamen, el Grupo señaló que el bienestar de los animales y la salud se ven afectados por la clonación de animales para el suministro de alimentos, en particular las criaturas gestantes y la primera generación de clones. El Grupo expresó dudas sobre si la situación actual en lo que respecta al bienestar animal y la salud de los clones se encuentra éticamente justificada por los argumentos en apoyo de la clonación para alimentación y abogó porque, en ausencia de datos adecuados, esta consideración no pueda extenderse a los descendientes de los clones. En esas condiciones, el GEE no vio motivos suficientes para apoyar la producción de alimentos procedentes de clones y su descendencia en la actualidad. Por otra parte, el Grupo no vio ninguna razón categórica para proponer su prohibición. El GEE también pidió a la Comisión, entre otras cosas, que pusiera en marcha una encuesta del Eurobarómetro sobre la temática la clonación animal para la alimentación y que promoviera el debate público sobre este uso de la Biotecnología animal.
El 24 de julio de 2008, se publicó la opinión final paralela de la EFSA. La EFSA reconoció la incertidumbre en la evaluación del riesgo debido a la limitada base de pruebas y llegó a la conclusión de que, en relación con la inocuidad de los alimentos, no hay indicios de que existen diferencias entre la carne y la leche de clones y su progenie y las de los animales criados convencionalmente. El dictamen de la EFSA reconoce que existen importantes cuestiones relacionadas con la salud y el bienestar animal, cuestiones que pueden ser más frecuentes y graves para que los clones que para los animales criados convencionalmente.
En respuesta a la solicitud del GEE, en julio de 2008 la Comisión lanzó una encuesta del Eurobarómetro sobre la actitud de los consumidores de la UE hacia la clonación para la producción de alimentos. Los resultados se publicaron en octubre de 2008. Encontraron que los ciudadanos de la UE no estaban dispuestos a aceptar la clonación animal para la producción de alimentos: la mayoría de los encuestados (58%) decía que esta forma de clonación nunca estaría justificada. Las principales razones del rechazo de la clonación por la gran mayoría de los ciudadanos de la UE fueron los siguientes: los efectos a largo plazo de la clonación animal en la naturaleza se desconocen (84%), la clonación animal es moralmente incorrecta (61%), y la clonación animal podría reducir la diversidad genética dentro de las poblaciones de ganado (63%). Según la encuesta del Eurobarómetro, el 84% de los ciudadanos de la UE decía que su mayor preocupación era que no se sabe lo suficiente sobre el potencial a largo plazo de los efectos de la utilización de animales clonados para la alimentación sobre la salud y la seguridad y las tres cuartas partes estaban de acuerdo en que podría haber razones éticas para rechazar la clonación animal. Casi cuatro de cada 10 encuestados (38%) respondieron que ninguno de los posibles beneficios que se le presumía (de salud o económicas) justificaría la cría de animales clonados para la producción de alimentos. Por otro lado, alrededor del 60% respondió que sería aceptable la clonación con fines específicos (por ejemplo, la preservación de especies raras o razas).
Tras la publicación de las Opiniones de la la AESA y del GEE, en febrero de 2008 el Presidente de la Comisión de Agricultura del Parlamento Europeo, con el apoyo de varios miembros del Intergrupo sobre el Bienestar Animal del Parlamento Europeo presentó una propuesta de resolución pidiendo a la Comisión Europea que prohibiera todos los alimentos de animales clonados en la Unión Europea, y la de las importaciones de alimentos derivados de animales clonados y su descendencia. Esta moción fue aprobada en septiembre de 2008, con 622 votos a favor, 32 en contra y 25 abstenciones.
Este ejemplo muestra que valores fundamentales, tales como la protección de la salud humana, el bienestar de los animales, la libertad de elección de los consumidores o el respeto a la diversidad biológica, todos ellos elementos íntimamente ligados a la evaluación ética de la Ciencia y la Tecnología, han adquirido un papel central en los debates sobre cuestiones políticas sensibles como la clonación animal con fines alimentarios. Estos valores en sí no ofrecen respuestas inequívocas a un tema tan complejo como la clonación animal para la alimentación o el comercio mundial de productos alimenticios, pero contribuirán sin duda a la adoptción de posicionamientos res ponsables por parte de la UE como órgano político y como democracia compleja y multicultural. Los valores fundamentales, la Ética y las consideraciones sociales pueden pot tanto propiciar un mejor diseño de políticas en la UE. Y la adopción de la Carta de Derechos Fundamentales y del Tratado de Lisboa (si el proceso de ratificación tiene éxito) proporcionará herramientas adicionales para promover el uso responsable de la ciencia y la tecnología en la UE y más allá.
La Ética y la Bioética se están convirtiendo en importantes actividades de la Comisión Europea. Debido a los criterios de competencia establecidos en el Tratado, las acciones de la UE en este campo son limitadas, en estricto respeto al principio de subsidiariedad. No obstante, la pertinencia de los valores enunciados en la Carta de los valores fundamentales se reconoce en varios ámbitos políticos de la UE y la noción de la UE como una comunidad de valores está surgiendo gracias a las políticas promovidas por la UE. La Biotecnología, la Biomedicina, la Nanotecnología, la ganadería, la seguridad, las TIC, son todos sectores en los que la incorporación de la Ética se está llevando a cabo. Sin embargo, la tolerancia, el diálogo y el pluralismo siguen siendo los principales destinos de las políticas de la UE.

Véase: Bioética Internacional, Biopolítica, Consejo de Europa, Derechos fundamentales, Derechos humanos, OMS, Política legislativa, Políticas de investigación en biomedicina(I+D+i), Políticas del gasto sanitario.

Bibliografía: ALCÁNTARA ALEJO, Carlos, AHIJADO QUINTILLÁN, Manuel, Diccionario de la Unión Europea, Madrid, Pirámide, 2000; DE VELASCO CABALLERO, Francisco, La Unión Administrativa Europea, Madrid, Marcial Pons, 2008; LINDE PANIAGUA, Enrique, Principios de Derecho en la Unión Europea, Madrid, Colex, 2006; VV. AA. Políticas de la Unión Europea, 5.ª Edición, Madrid, Colex, 2008.


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